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¡San Valentín!: Derecho al amor (dignidad, intimidad y vida privada)

¿Abstract? <3 


¿Alguna vez, estimado amigo, se te ocurrió que era posible demandar por amor? ¿Existirá un derecho fundamental a amar y ser amado? ¿Será posible exponer ante los tribunales el sentimiento noble que uno guarda, defender su causa y, en consecuencia, solicitar el amparo de su pretensión amatoria? La respuesta es, en el plano literario, afirmativa…


Hoy, 14 de febrero, se celebra el “día del amor y la amistad” . Uno de los días que nos ponen más románticos y cariñosos…por no decir más felices. Y es que, hasta los rincones más académicos, como asociaciones y revistas, se toman un espacio para poder hablar de la convergencia y correlato entre la forma (Derecho) y la materia (Amor) en este día tan especial. Es así que aprovecho este espacio para hacer un breve análisis de las problemáticas/desafíos más relevantes entre el derecho, la sociedad y el amor desde un enfoque responsable en nuestra sociedad.


1+1 = 2 enamorados 

La obsesión que termina en la corte 


Este es el primer escaño, el que tiende, según una columna del diario Gestión, a ser el más común entre nosotros los jóvenes. Y claro, ¿Quién no tuvo ese loco amor que todavía no olvida? ¿Muy lindo no? Analicemos con cuidado esa pregunta: “loco amor” y “todavía no olvida”. Apuesto a que lo hemos escuchado de muchos amigos, amigas, o hasta de nosotros mismos!! Veamos pues, cuáles son los peligros que desde la forma –y la pena– implican estas aseveraciones: 


¡Hoy es San Valentín! Claro que sí…lo malo es que estas “historias de amor” no siempre tienen final feliz. Y es que a veces el amor no termina en la boda soñada, sino en los tribunales. Sobre todo cuando no es correspondido: el delito de acoso es, así, uno de los más frecuentes en la corte por estas fechas. Entonces, la aseveración de “loco amor” y “todavía no olvida”  pueden derivar en casos como el de Luis y Juliana: 


«En agosto de 2017, Luis acudió al domicilio de Juliana (nombres ficticios) para manifestarle que se había enamorado de ella. Respondiendo ésta que ella no sentía lo mismo por él».

Así expone la Audiencia Provincial de Burgos, en su sentencia 43/2022, el inicio del acoso de este hombre a su «enamorada». Un acoso que empeoró con el tiempo, siendo una auténtica obsesión. Tal como se evidencia en el evento consiguiente: 

«Luis se presentó en el domicilio de Juliana cuando ésta ya estaba durmiendo. Accedió a su interior abriendo la puerta del rellano y del salón, que no estaban cerradas con llave. Y le dijo que quería que le diera una oportunidad».

El delito que se disfraza de amor: Hermida (2024)

Ahora bien, estos casos de San Valentín acaban en los tribunales, ya sea porque no son amores correspondidos, o porque entran menores, o cuestiones económicas en juego. Algo que, sin duda, desvirtúa el significado de esta celebración del 14 de febrero. Y con lo cual, más allá de ayudarnos a concientizar sobre el peligro que representa la obsesión, este caso nos invita a RePensar una sociedad que, desde la educación más inicial y básica, pueda fomentar el respeto entre pares y que cuando se trata de un no, en efecto y forma (ley), es un ¡NO! 


Entre el insulto y la estigmatización: ¡Por un San Valentín sin barreras!


A día de hoy, nos enfrentamos a un debate que, más pronto que tarde, continúa como uno de nuestros desafíos a superar desde un punto de vista internacional: el matrimonio igualitario. Y es que, según Fernández de Córdova, el Perú no tiene un régimen legal para las parejas del mismo sexo. Ni unión civil, ni matrimonio civil, ni ninguna figura similar. A consecuencia de ello, las lagunas legales (aquellas que no existen en la norma pero que requieren de forma) en múltiples ramas de la ley civil: tributación, posesión de bienes, herencia y/o temas laborales, no son extraños de encontrar en nuestra legislación.


¿Cuál es la solución de una laguna legal? Integrando…¿Como en cálculo? Para nada, se trata de completar aquella norma faltante mediante la analogía o la interpretación. Entonces sí…es posible arreglar estos desperfectos legales siempre que sucedan dentro de un contexto no tan extraordinario. Sin embargo, suelen ser procesos de largo aliento que requieren de precedentes vinculantes dentro de una jurisprudencia que –para qué negarlo– es todo un caos en nuestro sistema jurídico peruano.


Entonces ¿Cómo hallar la solución? Cito de Fernández de Córdova: “Es indispensable que el Estado brinde protección a las parejas del mismo sexo, idéntica a la protección que recibe cualquier pareja que se ama y decide conformar una familia”. En un sentido, por supuesto, de que más parejas no sigan pasando un San Valentín sin derechos, que fomente una buena Ciudadanía a través de las Letras y la Política. 


Un San Valentín que funja como precedente directamente vinculante…


Estamos en un contexto de coyuntura sociopolítica, sin duda alguna, pero ello no debería impedirnos de, al menos un día, poder ser felices y pensar que las cosas pueden cambiar, ir para mejor. El día del amor y la amistad existe con el fin de que dos personas que se quieren mucho puedan pasar un lindo día. “Lindo día” que, naturalmente, se ve manchado por las dos problemáticas expuestas, y que, lamentablemente, consta de muchas manchas más –que debido a la extensión de la nota de opinión no puedo detallar– tales como la realidad conservadora en la que vivimos (IEP, 2024) y a sus implicancias en esta fecha.


Aunado a lo anterior, se trata entonces, también, de realizar estas modificaciones necesarias en nuestra ley constitucional, en nuestra ley orgánica; enfocarnos en el respeto de los derechos fundamentales (ius cogens) o en en el Producto Total de Factores (productividad, desde la economía) es supremamente importante para la sostenibilidad de un país, por supuesto, pero no lo es todo. 


A fin de que estas lagunas del Derecho peruano se supriman poco a poco y más parejas puedan gozar de un San Valentín sin límites en dignidad, intimidad y vida privada (derechos fundamentales). Tal como indican nuestros artículos primero y segundo (en su séptimo inciso) respectivamente en la Constitución Política del Perú de 1993. Desde una visión, por supuesto, más formalista o teórica, según Bobbio en Atienza (2006, 276-277).


Así, como estudiantes y ciudadanos, debemos tener claro que Buscar ese Cambio no será tarea fácil, ni de unos años. Será una carrera de largo aliento que, siendo optimistas, nos llevará poco a poco a construir ese Perú digno y cálido con el que soñamos: válido tanto en forma como en materia. 


Qué este San Valentín no sea uno más que caiga en la pena y en el recuerdo nostálgico, sino que nos sirva para analizar lo que aún hace falta trabajar –desde el sistema jurídico peruano: civil y penal– y, con ello, no institucionalizar los males mencionados y comenzar su erradicación. 




Bibliografía (APA 7)

Atienza, M. (2006). El derecho como argumentación. Barcelona: Ariel Derecho.

Confilegal. (2024, 14 de febrero). Amor, obsesión: historias de San Valentín en los juzgados.

Enfoque Derecho. (n.d.). Derecho al amor: ¡Viva San Valentín! Enfoque Derecho. https://enfoquederecho.com/derecho-al-amor-viva-san-valentin/

IEP (Instituto de Estudios Peruanos). (n.d.). Entre Dios y el Estado: La politización del movimiento conservador en el Perú. IEP. https://iep.org.pe/estudios-y-proyectos/entre-dios-y-el-estado-la-politizacion-del-movimiento-conservador-en-el-peru/

LP Derecho. (n.d.). Demanda poética: Todos deben leer (San Valentín). LP Derecho. https://lpderecho.pe/demanda-poetica-todos-deben-leer-san-valentin/

Mas Igualdad. (n.d.). Amor y barreras: San Valentín sin derechos. Mas Igualdad. https://www.masigualdad.pe/post/amor-y-barreras-san-valentin-sin-derechos


 
 
 

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